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Publicado el nuevo Procedimiento para la acreditación por la ANECA de profesorado funcionario

  • Foto del escritor: estibalizgarciag
    estibalizgarciag
  • 17 feb 2024
  • 2 Min. de lectura

La ANECA ha publicado el Procedimiento para la obtención de la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, conforme al Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.


" Podrán optar a esta acreditación:

a) Profesoras y Profesores Titulares de Universidad.

b) Profesoras y Profesores Permanentes Laborales.

c) Catedráticos y Catedráticas de Escuela Universitaria.

d) Las personas que acrediten tener la condición de doctora o doctor con, al menos, ocho años de antigüedad y se encuentren en alguna de estas situaciones:

1. Haber justificado una trayectoria excelente en la actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio de conocimiento, en la acreditación con informe positivo para Profesora o Profesor Titular de Universidad o Permanente Laboral. 2. Ser personal funcionario perteneciente a cuerpos o escalas de personal investigador para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de doctor o doctora.

e) El profesorado de las universidades de otros Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado una posición comparable, al menos, a la de Profesora o Profesor Titular de Universidad.


La evaluación de méritos y competencias se realizará a través de un currículo abreviado, generado siguiendo el estándar CVN de FECYT (preferiblemente mediante la opción “CVA ANECA” de la herramienta online https://cvn.fecyt.es/editor) en el que se reflejarán las aportaciones más relevantes de la actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del conocimiento, de la actividad docente, y de la actividad profesional, en su caso.

Para la acreditación a Catedrática o Catedrático de Universidad deben reflejarse en el CV, además, los méritos y competencias de liderazgo.

La evaluación se basará en la selección de contribuciones y en la narrativa sobre su calidad, relevancia e impacto aportadas por la persona solicitante.


El resultado de la evaluación será favorable o desfavorable. Será favorable cuando el solicitante obtenga 50 puntos sobre los 100 posibles."




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